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El buen penalista es audaz y dinámico
penal

 

Derecho Penal

Ramon Gª-Rojas cuenta con una dilatada experiencia en todo tipo de asuntos penales, como abogado defensor y abogado acusador.
Más de 20 años de experiencia profesional ante los tribunales de justicia con la máxima solvencia jurídica le garantiza la mejor defensa de sus intereses.
• Estafas
• Violencia doméstica
• Impago de pensiones alimenticias
• Tráfico de drogas
• Jurisdicción de menores
• Alcoholémias
• Amenazas, coacciones
• Injurias
• Lesiones
• Robo
• Delito contra la seguridad e higiene de los trabajadores

CASOS MEDIÁTICOS- ACTUALIDAD

Rojas Jaile advocat, ha llevado la defensa de uno de los doce acusados en la presunta estafa piramidal, entre miembros de la Iglesia de Testigos de Jehová. Sentencia declarando la inocencia del cliente.
(Juicio celebrado en varias sesiones, en la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona, durante el mes de diciembre de 2014, y durante el mes de enero de 2015).

Rojas Jaile advocat, es uno de los abogados de la acusación en el asunto del atropello mortal de una joven en Gavà, en un paso cebra por un vehículo, en mayo de 2014). Los hechos pueden ser constitutivos de un delito de homicidio imprudente y de un delito de omisión de socorro.

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Hoy en día, el derecho penal ha tomado un protagonismo social fomentado por los masmedia. No obstante, el legislador ha entrado en una vorágine legislativa, introduciendo constantes reformas de nuestro derecho penal sustantivo y procesal. Estas reformas no sólo han tipificado y penalizado nuevas infracciones penales, sino han servido para reajustar ciertos delitos con el objetivo de definirlos con más rigor. Como lo ha sido la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de nov., que modificó el Código Penal en materia de seguridad vial, de tanto calado social por la trascendencia de sus novedades.

Al ciudadano, al justiciable, cuando es víctima de un delito, lo que le interesa, es que se castigue al autor. Lo cierto, es que el derecho penal es más complejo, y hasta llegar a una resolución de condena, hay que solventar, circunstancias jurídicas técnico-penales, y evidentemente, han de prosperar las pruebas de cargo creando convicción en el juzgador
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En el despacho Rojas Jaile advocat, recordamos, que alguna pretendida violéncia doméstica, ha terminado como simples faltas, por lesiones causadas mutuamente entre los cónyuges. También hay absoluciones por ese tipo penal tan específico, cuando se acredita, que no hay o no ha habido, una relación análoga, a la de una pareja sentimentalmente estable.
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En Rojas Jaile advocat, en cuanto a las estafas mediante la utilización de las claves bancarias de otro, recordamos, y según criterio adoptado en el Acuerdo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 31 de marzo de 2009, que no se considera firma electrónica (en su modalidad avanzada), a los efectos de apreciar la circunstancia agravante del nº 4 del artículo 250.1 del Código Penal.
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Al hilo de lo anterior, en Rojas Jaile advocat, damos asistencia jurídica, frente a los delitos que pueden ser cometidos a través de la red, de Internet; los bienes jurídicos contra los que más se atenta, y que el derecho penal da respuesta sancionadora, son los de la intimidad, imagen, honor, dignidad, libertad sexual.
Estamos hablando de la ciberdelincuencia o de la llamada también delincuencia cibernética. Es cierto, que con el derecho penal español vigente, hay problemas para perseguirlos, y por ende, para castigarlos.
En Rojas Jaile advocat, sabemos que la prueba en este tipo de delincuencia, necesita de un enfoque adecuado, profesional.
- Primero, porque, nuestro derecho procesal penal (la Ley de Enjuiciamiento Criminal), obvia regular el documento electrónico a efectos de servir de prueba;

- Y segundo, porque, en ocasiones coincide en el mismo documento electrónico, la doble condición de objeto material del delito y de fuente de prueba.
La falta de regulación, (que pudiera suplirse supletoriamente con lo previsto para la prueba en soporte multimedia en la Ley de Enjuiciamiento Civil), mientras no se haga la profunda reforma y actualización de nuestra decimonónica ley procesal penal, da lugar a problemas a la hora de la investigación durante la instrucción, problemas para su persecución, y consecuentemente, para su prueba y condena

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